La nueva Orden AEC/2125/2014, de 6 de noviembre, por la que se dictan normas sobre los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado es toda una revolución en el campo de la traducción jurada. En este artículo, voy a mencionar los cambios más importantes que todo Traductor-Intérprete Jurado debe tener en cuenta.
¡Por fin tendremos un carné decente! El plazo para cambiar nuestro antiguo carné por el nuevo es de 5 años. Para pedirlo hay que cubrir el modelo 790 (TASA POR LA EXPEDICIÓN, SUSTITUCIÓN, DUPLICACIÓN O MODIFICACIÓN DEL CARNÉ DE TRADUCTOR/A-INTÉRPRETE JURADO/A) Código 039 y pagar la tasa.
Tenemos un plazo de dos años para cambiar de sello y no es necesario que se lo mostremos a la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores. Figurará nuestro número de Traductor/a-Intérprete Jurado/a, pero dejarán de aparecer nuestros datos de contacto. En concreto, deberán figurar necesaria y exclusivamente, en castellano y sin adición de ninguna otra mención o símbolo, los siguientes datos:
(NOMBRE Y APELLIDOS)
Traductor/a-Intérprete Jurado/a de (IDIOMA)
N.º (NÚMERO DE T/I JURADO)
En la nueva certificación se cambia nuestra antigua denominación «Intérprete Jurado» por la nueva «Traductor/a-Intérprete Jurado/a». Además, se añade un detalle muy importante: «nombrado/a por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación».
«Don/Doña ……… (nombre y apellidos), Traductor/a-Intérprete Jurado/a de ……… (idioma) nombrado/a por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, certifica que la que antecede es traducción fiel y completa al ……… (lengua de destino) de un documento redactado en ……… (lengua de origen).
En ……… (lugar), a ……… (fecha)»
Por otra parte, se admite la posibilidad de añadir junto a la misma su traducción al idioma que corresponda, siempre y cuando dicha traducción se ajuste literalmente a la original en español.
Finalmente, se añade una importante novedad: HAY QUE ADJUNTAR LA COPIA DEL DOCUMENTO ORIGINAL SELLADA Y FECHADA EN TODAS SUS PÁGINAS.
La novedad más destacada en cuanto al listado es que los Traductores/as-Intérpretes Jurados/as podemos informar si seguimos activos o no.
Se añade al título de Licenciado el nuevo título de Graduado (que antes no existía) como requisito para participar en los exámenes para obtener el título de Traductor/a-Intérprete Jurado/a. Así que tanto uno como el otro serán válidos.
Para más información sobre la última normativa, recomiendo la lectura completa en el BOE de la Orden AEC/2125/2014, de 6 de noviembre, por la que se dictan normas sobre los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado.
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Otro gran artículo, Rodrigo, gracias.
En relación a lo de fechar páginas, se me ocurren inmediatamente 2 opciones para facilitarnos la vida:
1) hacer un sello fechador automático, incluso uno que incluya nuestros datos.
2) imprimir la fecha mediante el ordenador en todas las páginas del documento origen.
Gracias Erik. Es un placer. Con respecto a tus dudas:
1) Yo también pienso usar un fechador automático. Otra cosa sería ralentizar mucho el trabajo, la verdad. No hay nada que diga que no podamos hacerlo.
2) Lo de imprimir la fecha mediante ordenador también sería válido, aunque habría que editar con photoshop cada imagen y puede ser peor el remedio que la enfermedad, ¿no? O volver a imprimir la fecha solamente sobre la hoja ya impresa de antes.
¿Se puede fechar el documento con bolígrafo?
Gracias
Hola Jennifer:
Gracias por tu consulta sobre si se puede fechar una traducción jurada con bolígrafo. La respuesta es que la Oficina de Interpretación de Lenguas en ningún momento especificó si debemos fechar las traducciones juradas con bolígrafo, con un sello de esos que tienen la fecha, con ordenador al imprimir o con cualquier otro sistema. Por tanto, puedes fecharlo como quieras, siempre y cuando cumplas con la (poca) normativa que sí se indica claramente: los originales deberán ir fechados y sellados (no necesariamente firmados, aunque yo lo hago siempre) en todas sus páginas.
Espero haberte ayudado.
Traductor Jurado
Muchas gracias por tu resumen. Me queda una duda que quizá me sepas responder: ¿sabes si hay que dejar constancia de nuestro nuevo sello en el Ministerio? Recuerdo que cuando me dieron el título, tuve que poner mi firma y sello en una hoja que se quedaron allí, ¿será necesario volver a hacerlo?
Hola Lara:
Sí, toda modificación del sello o de la firma como traductora jurada se debe registrar en el Ministerio o en la Delegación de Gobierno correspondiente, sin lugar a dudas. Si no, nunca sabrían si es tu sello o no.
Hola Lara y Rodrigo:
¿Alguno sabe dónde se deben hacer los trámites para registrar el nuevo sello en el MAEC? Es algo que tampoco queda aclarado en el MAEC.
Muchas gracias de antemano y enhorabuena por tu blog.
Hola Luis:
Gracias por las felicitaciones. Es un gusto ayudar a la comunidad y demostrar que no somos un gremio competitivo y nada más, sino que podemos ayudarnos.
Para registrar el nuevo sello basta con enviar una imagen escaneada a la dirección electrónica del MAEC, aunque también puedes acudir en persona al MAEC o presentarte en la delegación del gobierno correspondiente a tu residencia.
Hola:
¿Sabríais decirme si podemos usar el nuevo sello inmediatamente o si hay que esperar alguna confirmación del MAEC?
Muchas gracias de antemano.
Hola Emma:
Gracias por tu consulta sobre el sello de traductor jurado. Si lo has renovado, lo normal es que esperes a que te confirmen para poder usarlo, ya que podrían decirte que no lo aceptan por algún motivo normativo. Consulta a la Oficina de Interpretación de Lenguas si han recibido tu solicitud antes de usarlo, por si acaso.
Traductor Jurado
Hola. muchas gracias por tu respuesta. Me podrías dar la dirección electrónica del MAEC, no la encuentro por ningún sitio.
gracias
La dirección de correo electrónico de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores es: interpretes.jurados@maec.es. Además, del e-mail, tienen varias formas de contacto: https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/Traductores-Interpretes-Jurados.aspx
Hola y antes de nada gracias por esta información tan útil.
Hice mi cambio de sello y lo mandé a la oficina de lenguas del maec junto con mi cambio de dirección. Me dijeron que registraban el cambio de dirección pero que el trámite de enviarles el sello escaneado era innecesario, que basta con la veracidad de los datos que aparecen en él.
Un saludo!
Hola chicos, mi pregunta es la siguiente:
¿dónde presento el justificante de pago y la foto para la renovación del carné? ¿En correos? ¿En la Gerencia Territorial de Justicia?
Vivo en Las Palmas de Gran Canaria.
Muchas gracias
¡Muchas gracias por tu artículo! Tengo una pregunta, ya que nunca he tenido que hacerlo: ¿Hay algún procedimiento en concreto para la modificación del sello? ¿Se puede ir a la Subdelegación del Gobierno con el sello nuevo o hay que hacer algo más antes?
Gracias de antemano por tu respuesta.
Hola Stefanie: según han contestado desde la Oficina de Interpretación de Lenguas a algunos compañeros, con mandar una copia escaneada del sello como traductora jurada bastaría. También podrías ir al Ministerio o a la Subdelegación más cercana si quieres ir en persona.
Muchas gracias, Rodrigo. Parece todo más lógico y más limpio que hasta ahora, aunque también podría ser mérito de tu habitual prolijidad en la exposición.
Oy oy oy, José Miguel. Cuánto elogio. Este artículo lo escribió Alba Pérez. Es un placer contar con sus contribuciones, ya que es mi compañera traductora jurada de francés y sabe muchísimo.
¡Hola! Soy traductora jurada desde 2008 y quería cambiar mi carnet en papel plastificado al nuevo formato de tarjeta; si he entendido bien, para ello tengo que presentar el modelo 790 junto con el justificante de pago del BBVA en el Ministerio directamente, ¿no? este punto no lo tengo muy claro... Y, también, quiero actualizar mi sello, ¿tendría que presentarlo como hice la primera vez?
¡Muchas gracias!
Muchísimas gracias por dejar todo tan resumido y claro.
Aplicaré la nueva normativa de inmediato
Un cordial saludo
Violette
Gracias Violette. Es un placer. Espero que sigamos avanzando en la normativa con el paso de los años para que nuestra profesión como traductores jurados sea cada vez más clara.
Como ya he planteado en algún foro, una duda más: ¿Incumple la normativa añadir algún dato de contacto tras la certificación y la firma?
Hola María José: si añades algún dato (n.º de páginas, algún dato técnico, etc.), puedes hacerlo (la norma no dice que no) siempre y cuando no modifiques la certificación de traductor jurado tal cual como figura en la orden. Asimismo, las traducciones juradas de ahora en más deberán ir acompañadas por una copia sellada y fechada del original (no dice nada de firmada, pero yo lo haré por si acaso).
¡Hola!
¿Estos cambios también se aplican al resto de idiomas oficiales?
Hola, Rodrigo.
Muchas gracias por el artículo. Como siempre, tan riguroso en tus explicaciones.
Una pregunta, ¿cuándo entra en vigor todo esto? ¿Tenemos que aplicarlo en las traducciones juradas que nos encarguen desde la publicación de la nueva normativa?
Un saludo,
Victoria
Hola, Rodrigo
Por si os sirve de algo, yo lo que hago es editar un encabezado para todas las páginas donde aparece "Traducción Jurada", y un pie de página donde figura mi nombre, la fecha y el número de cada hoja.
De este modo se puede evitar el uso de un fechador, y únicamente hay que sellar y firmar las diferentes páginas.
¡Gracias por compartir esta información! Creo que las modificaciones irán en beneficio de todos.
Un saludo,
Inés
Hola:
Muchísimas gracias por el artículo. Está todo muy explicado de forma muy sencilla y clara. Solo me queda una duda: entiendo que el original tiene que ir fechado y sellado por el traductor. ¿La fecha la podemos poner a mano? (lo pregunto porque he leído en los comentarios que alguno va a utilizar un sello fechador). Por otro lado, entiendo que la fecha que se debe incluir en esta copia del original es la fecha en la que hacemos la traducción, ¿es correcto?
Muchas gracias de nuevo.
Javi
Me he olvidado de hacer otra pregunta: en mi caso, además de cambiar el modelo de carné, tengo que cambiar los datos personales (dirección). Así que no me queda muy claro si en la casilla 16 del modelo 790 tengo que marcar sustitución o modificación. ¿Qué me recomiendas?
Gracias,
Javi
Yo también aproveché la ocasión para cambiar mis datos y marqué la casilla "Modificación".
Hola, Javi:
Aunque ya hace tiempo de tu pregunta, cuando fui a enviar la solicitud me surgió la misma duda y escribí a la Oficina de Interpretación de Lenguas (interpretes.jurados @ maec . es). Me dijeron que debía marcar "sustitución" y enviar mi nueva dirección por correo electrónico para que la modificasen en la siguiente actualización de la lista.
Un saludo.
Es correcto, la fecha que se pone es la de la traducción. Dado que la normativa no especifica si se debe poner a mano o con fechador, se entiende que la elección queda al criterio del traductor. En mi opinión, el uso de un fechador es más rápido.
Muchas gracias por el artículo, la verdad que ayuda a clarificar las cosas. Tengo una pregunta: si quiero actualizar mi número de teléfono y a la vez actualizar el carné, ¿qué debo seleccionar en el punto 16 (motivo) del documento 790, "sustitución" o "modificación"? Parece que solo puede seleccionarse una de las opciones.
¡Gracias!
Yo también aproveché la ocasión para cambiar mis datos y marqué la casilla “Modificación”.
Genial artículo. Hablais de un numero de interprete jurado. Lo soy desde el año 2005 y no dispongo de dicho numero. ¿Lo dan ahora con los nuevos cambios? Muchas gracias
Hola Olalla:
Efectivamente, los traductores-intérpretes jurados ahora tenemos un número. Se asignó, si no me equivoco, allá por 2011 o algo así, por lo que tenerlo lo tienes. Si te fijas en la lista de traductores jurados del Ministerio de Asuntos Exteriores, verás que aparece al lado de tu nombre un número de orden. Ese número es tu número de traductora jurada. Cuando modifiques tu sello de traductora jurada antes de los 2 años que tienes de plazo deberás incluir dicho número de traductor o no tendrá validez. Si tienes cualquier duda, ponte nuevamente en contacto. Un saludo.
De acuerdo. Muchisimas gracias.
¿Qué pasaría si un traductor jurado no se ajusta a la nueva normativa (carné, sello y certificación) y sigue con la anterior? ¿Hay sanciones, multa o inabilitación?
No creo que todos los traductores jurados son conscientes de la existencia de una nueva normativa, y por este motivo hago estas preguntas.
Feliz año nuevo.
Hola Antonio:
Si un traductor jurado se salta la normativa, lo más probable es que rechacen sus traducciones juradas. Eso sería lo primero. Si hay sanciones, multas o inhabilitación, eso ya depende del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Oficina de Interpretación de Lenguas. El nombramiento no exime de no enterarse nunca más de los cambios en la legislación. Es como si tú sigues poniendo el IRPF del 21 en lugar del 19% porque dices que no te has enterado. No es un criterio válido para salvarse de posibles multas o consecuencias, por lo que si un traductor jurado no se entera en el plazo que tiene de 2 años, pues mal va.
Hola, Antonio:
ese mismo comentario lo hice yo a la Oficina de Interpretación de Lenguas y, además, les sugerí que hubiera sido muy útil informarnos del cambio de normativa, teniendo en cuenta que ésta, a diferencia de otras normativas, va dirigida a un sector muy concreto de la población, traductores/intérpretes jurados, y ellos saben perfectamente quiénes somos.
En lugar de responderme educadamente que esto no entraba dentro de sus funciones, lo cual hubiera entendido perfectamente, me respondieron en un tono bastante poco amable que ellos no se encargan de eso, que, como dice Traductor, "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento" y prácticamente tachándome de clasista y aclarándome que yo no tenía más derechos que nadie por ser traductora jurada. Parece ser que en mi email interpretaron que yo estaba sugiriendo que nos informaran por el hecho de ser traductor@s jurad@s (no sé si pensaron que yo decía que teníamos por eso más derechos o algo) y no porque me pareció algo lógico que si nos tienen a todos fichados, nos podrían haber informado ellos directamente de los cambios o al menos remitido al BOE donde se publican los mismos.
Por tanto, me quedó bastante claro que, a parte de poca educación en la OIL, tienes que buscarte la vida tú para todo. Por suerte, como dice Traductor hay mucho tiempo y lo lógico es que todas las personas a las que les afecta este cambio se enteren a tiempo.
Un saludo,
Pilar
Alguien tiene ya el carné nuevo? Tardan mucho en mandarlo?
Gracias
Solicité el nuevo carné a principios de diciembre y todavía no lo tengo, me dijeron que tardan un par de meses. La OIL envía tu nuevo carné a la delegación de gobierno correspondiente y de allí te avisan para que pases a recogerlo.
Hola a todos:
Quería saber a cuánto asciende la tasa por expedición del nuevo carné.
Muchas gracias,
Carolina
Hola Carolina:
El precio para expedir el nuevo carné de traductor jurado es de 6,12 €, tal como indicamos en https://www.traduccion-jurada-oficial.com/blog/los-traductores-jurados-preguntan-y-el-ministerio-responde-sobre-la-nueva-normativa/
Espero haberte ayudado.
R.
Buenos días,
Sobre el sello de traductor Jurado que debemos actualizar, sabéis si la tinta puede ser de color azul? El anterior lo tengo de color negro pero creo que quizás debería ser azul para que destacara y se viera como sello original. ¿Sabéis si hay algo escrito al respecto?
Gracias,
Hola Lluna:
Gracias por tu comentario y pregunta sobre el color del sello de traductor jurado. No se indica nada sobre la tinta en la normativa, ni debería haber problema en que uses un color u otro. Sin embargo, la inmensa mayoría de los organismos utiliza el color azul. La razón es sencilla: si utilizas negro, por ejemplo, algunas autoridades puede decir que no saben si es fotocopia o el original. Yo también usé negro al principio y, hasta que me sucedió, no cambié. Lo mismo con el color del bolígrafo para firmar. Por tanto, te recomiendo que tu sello de traductora jurada sea azul. También he visto sellos de traductor jurado color rojo y uno verde, pero la inmensa mayoría prefiere el azul.
Espero haberte aclarado la duda :)
Traductor Jurado
Hola:
Tengo una duda. No sé ahoraa a ma mlmlo leí en algún foro pero, ¿hay que incluir una copia del carnet a la traducción jurada?
Gracias
Hola Victoria:
No sé en qué foro habrás leído eso de incluir una copia del carné de traductora jurada en las traducciones juradas, pero es totalmente incorrecto. La normativa está clara. De hecho, hacer algo así hasta puede ser peligroso, ya que podrían copiar tu carné y cambiar los datos para hacerse pasar por traductores jurados. Nunca lo hagas. Otra cosa muy distinta es identificarte ante las autoridades o un cliente, pero el carné va y viene, no se entrega ni se deja un tiempo en ninguna parte.
Un abrazo.
Traductor Jurado
Hola,
¿Alguien sabe dónde hacen sellos y a ser posible bien de precio en Madrid? Me lo hice hace 14 años el que tengo y no me acuerdo donde acudí!
Gracias de antemano
... no sé si es un poco brusco ... pero no saber averiguar el lugar (físico y virtual, que ambos existen) en el que hacen sellos de caucho ... espero que no permita sacar conclusiones sobre la búsqueda de términos desconocidos en Internet ...