Novedades en la normativa para el traductor jurado 2014: cambio de carné, sello y certificación

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101 Respuestas

  1. Erik Martin Jansen TIJ NL-ES dice:

    Otro gran artículo, Rodrigo, gracias.
    En relación a lo de fechar páginas, se me ocurren inmediatamente 2 opciones para facilitarnos la vida:
    1) hacer un sello fechador automático, incluso uno que incluya nuestros datos.
    2) imprimir la fecha mediante el ordenador en todas las páginas del documento origen.

    • Gracias Erik. Es un placer. Con respecto a tus dudas:
      1) Yo también pienso usar un fechador automático. Otra cosa sería ralentizar mucho el trabajo, la verdad. No hay nada que diga que no podamos hacerlo.
      2) Lo de imprimir la fecha mediante ordenador también sería válido, aunque habría que editar con photoshop cada imagen y puede ser peor el remedio que la enfermedad, ¿no? O volver a imprimir la fecha solamente sobre la hoja ya impresa de antes.

    • Jennifer dice:

      ¿Se puede fechar el documento con bolígrafo?

      Gracias

      • Traductor Jurado dice:

        Hola Jennifer:

        Gracias por tu consulta sobre si se puede fechar una traducción jurada con bolígrafo. La respuesta es que la Oficina de Interpretación de Lenguas en ningún momento especificó si debemos fechar las traducciones juradas con bolígrafo, con un sello de esos que tienen la fecha, con ordenador al imprimir o con cualquier otro sistema. Por tanto, puedes fecharlo como quieras, siempre y cuando cumplas con la (poca) normativa que sí se indica claramente: los originales deberán ir fechados y sellados (no necesariamente firmados, aunque yo lo hago siempre) en todas sus páginas.

        Espero haberte ayudado.

        Traductor Jurado

  2. Lara dice:

    Muchas gracias por tu resumen. Me queda una duda que quizá me sepas responder: ¿sabes si hay que dejar constancia de nuestro nuevo sello en el Ministerio? Recuerdo que cuando me dieron el título, tuve que poner mi firma y sello en una hoja que se quedaron allí, ¿será necesario volver a hacerlo?

    • Hola Lara:

      Sí, toda modificación del sello o de la firma como traductora jurada se debe registrar en el Ministerio o en la Delegación de Gobierno correspondiente, sin lugar a dudas. Si no, nunca sabrían si es tu sello o no.

      • Luis Antón dice:

        Hola Lara y Rodrigo:

        ¿Alguno sabe dónde se deben hacer los trámites para registrar el nuevo sello en el MAEC? Es algo que tampoco queda aclarado en el MAEC.

        Muchas gracias de antemano y enhorabuena por tu blog.

        • Traductor Jurado dice:

          Hola Luis:
          Gracias por las felicitaciones. Es un gusto ayudar a la comunidad y demostrar que no somos un gremio competitivo y nada más, sino que podemos ayudarnos.

          Para registrar el nuevo sello basta con enviar una imagen escaneada a la dirección electrónica del MAEC, aunque también puedes acudir en persona al MAEC o presentarte en la delegación del gobierno correspondiente a tu residencia.

          • Emma dice:

            Hola:

            ¿Sabríais decirme si podemos usar el nuevo sello inmediatamente o si hay que esperar alguna confirmación del MAEC?

            Muchas gracias de antemano.

          • Traductor Jurado dice:

            Hola Emma:

            Gracias por tu consulta sobre el sello de traductor jurado. Si lo has renovado, lo normal es que esperes a que te confirmen para poder usarlo, ya que podrían decirte que no lo aceptan por algún motivo normativo. Consulta a la Oficina de Interpretación de Lenguas si han recibido tu solicitud antes de usarlo, por si acaso.

            Traductor Jurado

          • Isabel lr dice:

            Hola. muchas gracias por tu respuesta. Me podrías dar la dirección electrónica del MAEC, no la encuentro por ningún sitio.
            gracias

          • Alba Pérez Blanco dice:

            La dirección de correo electrónico de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores es: interpretes.jurados@maec.es. Además, del e-mail, tienen varias formas de contacto: http://www.exteriores.gob.es/portal/es/serviciosalciudadano/oportunidadesprofesionalesformacion/oportunidadesprofesionales/traduccioneinterpretacion/paginas/inicio.aspx

          • Ana dice:

            Hola y antes de nada gracias por esta información tan útil.
            Hice mi cambio de sello y lo mandé a la oficina de lenguas del maec junto con mi cambio de dirección. Me dijeron que registraban el cambio de dirección pero que el trámite de enviarles el sello escaneado era innecesario, que basta con la veracidad de los datos que aparecen en él.
            Un saludo!

  3. Carolina Navarro dice:

    Hola chicos, mi pregunta es la siguiente:
    ¿dónde presento el justificante de pago y la foto para la renovación del carné? ¿En correos? ¿En la Gerencia Territorial de Justicia?
    Vivo en Las Palmas de Gran Canaria.
    Muchas gracias

  4. Stefanie dice:

    ¡Muchas gracias por tu artículo! Tengo una pregunta, ya que nunca he tenido que hacerlo: ¿Hay algún procedimiento en concreto para la modificación del sello? ¿Se puede ir a la Subdelegación del Gobierno con el sello nuevo o hay que hacer algo más antes?
    Gracias de antemano por tu respuesta.

    • Hola Stefanie: según han contestado desde la Oficina de Interpretación de Lenguas a algunos compañeros, con mandar una copia escaneada del sello como traductora jurada bastaría. También podrías ir al Ministerio o a la Subdelegación más cercana si quieres ir en persona.

  5. Jose Miguel Aguilar dice:

    Muchas gracias, Rodrigo. Parece todo más lógico y más limpio que hasta ahora, aunque también podría ser mérito de tu habitual prolijidad en la exposición.

    • Oy oy oy, José Miguel. Cuánto elogio. Este artículo lo escribió Alba Pérez. Es un placer contar con sus contribuciones, ya que es mi compañera traductora jurada de francés y sabe muchísimo.

  6. Berta dice:

    ¡Hola! Soy traductora jurada desde 2008 y quería cambiar mi carnet en papel plastificado al nuevo formato de tarjeta; si he entendido bien, para ello tengo que presentar el modelo 790 junto con el justificante de pago del BBVA en el Ministerio directamente, ¿no? este punto no lo tengo muy claro… Y, también, quiero actualizar mi sello, ¿tendría que presentarlo como hice la primera vez?
    ¡Muchas gracias!

  7. Violette Oudkerk dice:

    Muchísimas gracias por dejar todo tan resumido y claro.
    Aplicaré la nueva normativa de inmediato
    Un cordial saludo
    Violette

    • Gracias Violette. Es un placer. Espero que sigamos avanzando en la normativa con el paso de los años para que nuestra profesión como traductores jurados sea cada vez más clara.

  8. María José Riera dice:

    Como ya he planteado en algún foro, una duda más: ¿Incumple la normativa añadir algún dato de contacto tras la certificación y la firma?

    • Hola María José: si añades algún dato (n.º de páginas, algún dato técnico, etc.), puedes hacerlo (la norma no dice que no) siempre y cuando no modifiques la certificación de traductor jurado tal cual como figura en la orden. Asimismo, las traducciones juradas de ahora en más deberán ir acompañadas por una copia sellada y fechada del original (no dice nada de firmada, pero yo lo haré por si acaso).

  9. Aroa dice:

    ¡Hola!
    ¿Estos cambios también se aplican al resto de idiomas oficiales?

  10. Victoria Martínez dice:

    Hola, Rodrigo.
    Muchas gracias por el artículo. Como siempre, tan riguroso en tus explicaciones.
    Una pregunta, ¿cuándo entra en vigor todo esto? ¿Tenemos que aplicarlo en las traducciones juradas que nos encarguen desde la publicación de la nueva normativa?
    Un saludo,
    Victoria

  11. Inés De la Mota dice:

    Hola, Rodrigo
    Por si os sirve de algo, yo lo que hago es editar un encabezado para todas las páginas donde aparece «Traducción Jurada», y un pie de página donde figura mi nombre, la fecha y el número de cada hoja.
    De este modo se puede evitar el uso de un fechador, y únicamente hay que sellar y firmar las diferentes páginas.
    ¡Gracias por compartir esta información! Creo que las modificaciones irán en beneficio de todos.
    Un saludo,
    Inés

  12. Javi dice:

    Hola:

    Muchísimas gracias por el artículo. Está todo muy explicado de forma muy sencilla y clara. Solo me queda una duda: entiendo que el original tiene que ir fechado y sellado por el traductor. ¿La fecha la podemos poner a mano? (lo pregunto porque he leído en los comentarios que alguno va a utilizar un sello fechador). Por otro lado, entiendo que la fecha que se debe incluir en esta copia del original es la fecha en la que hacemos la traducción, ¿es correcto?

    Muchas gracias de nuevo.
    Javi

    • Javi dice:

      Me he olvidado de hacer otra pregunta: en mi caso, además de cambiar el modelo de carné, tengo que cambiar los datos personales (dirección). Así que no me queda muy claro si en la casilla 16 del modelo 790 tengo que marcar sustitución o modificación. ¿Qué me recomiendas?

      Gracias,
      Javi

      • Alba Pérez Blanco dice:

        Yo también aproveché la ocasión para cambiar mis datos y marqué la casilla «Modificación».

      • Elisa Cristóbal dice:

        Hola, Javi:
        Aunque ya hace tiempo de tu pregunta, cuando fui a enviar la solicitud me surgió la misma duda y escribí a la Oficina de Interpretación de Lenguas (interpretes.jurados @ maec . es). Me dijeron que debía marcar «sustitución» y enviar mi nueva dirección por correo electrónico para que la modificasen en la siguiente actualización de la lista.
        Un saludo.

    • Alba Pérez Blanco dice:

      Es correcto, la fecha que se pone es la de la traducción. Dado que la normativa no especifica si se debe poner a mano o con fechador, se entiende que la elección queda al criterio del traductor. En mi opinión, el uso de un fechador es más rápido.

  13. Traductora dice:

    Muchas gracias por el artículo, la verdad que ayuda a clarificar las cosas. Tengo una pregunta: si quiero actualizar mi número de teléfono y a la vez actualizar el carné, ¿qué debo seleccionar en el punto 16 (motivo) del documento 790, «sustitución» o «modificación»? Parece que solo puede seleccionarse una de las opciones.
    ¡Gracias!

    • Alba Pérez Blanco dice:

      Yo también aproveché la ocasión para cambiar mis datos y marqué la casilla “Modificación”.

  14. Olalla Hernandez dice:

    Genial artículo. Hablais de un numero de interprete jurado. Lo soy desde el año 2005 y no dispongo de dicho numero. ¿Lo dan ahora con los nuevos cambios? Muchas gracias

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Olalla:

      Efectivamente, los traductores-intérpretes jurados ahora tenemos un número. Se asignó, si no me equivoco, allá por 2011 o algo así, por lo que tenerlo lo tienes. Si te fijas en la lista de traductores jurados del Ministerio de Asuntos Exteriores, verás que aparece al lado de tu nombre un número de orden. Ese número es tu número de traductora jurada. Cuando modifiques tu sello de traductora jurada antes de los 2 años que tienes de plazo deberás incluir dicho número de traductor o no tendrá validez. Si tienes cualquier duda, ponte nuevamente en contacto. Un saludo.

  15. Antonio dice:

    ¿Qué pasaría si un traductor jurado no se ajusta a la nueva normativa (carné, sello y certificación) y sigue con la anterior? ¿Hay sanciones, multa o inabilitación?

    No creo que todos los traductores jurados son conscientes de la existencia de una nueva normativa, y por este motivo hago estas preguntas.

    Feliz año nuevo.

    • Traductor dice:

      Hola Antonio:

      Si un traductor jurado se salta la normativa, lo más probable es que rechacen sus traducciones juradas. Eso sería lo primero. Si hay sanciones, multas o inhabilitación, eso ya depende del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Oficina de Interpretación de Lenguas. El nombramiento no exime de no enterarse nunca más de los cambios en la legislación. Es como si tú sigues poniendo el IRPF del 21 en lugar del 19% porque dices que no te has enterado. No es un criterio válido para salvarse de posibles multas o consecuencias, por lo que si un traductor jurado no se entera en el plazo que tiene de 2 años, pues mal va.

    • Pilar Palacios dice:

      Hola, Antonio:

      ese mismo comentario lo hice yo a la Oficina de Interpretación de Lenguas y, además, les sugerí que hubiera sido muy útil informarnos del cambio de normativa, teniendo en cuenta que ésta, a diferencia de otras normativas, va dirigida a un sector muy concreto de la población, traductores/intérpretes jurados, y ellos saben perfectamente quiénes somos.

      En lugar de responderme educadamente que esto no entraba dentro de sus funciones, lo cual hubiera entendido perfectamente, me respondieron en un tono bastante poco amable que ellos no se encargan de eso, que, como dice Traductor, «el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento» y prácticamente tachándome de clasista y aclarándome que yo no tenía más derechos que nadie por ser traductora jurada. Parece ser que en mi email interpretaron que yo estaba sugiriendo que nos informaran por el hecho de ser traductor@s jurad@s (no sé si pensaron que yo decía que teníamos por eso más derechos o algo) y no porque me pareció algo lógico que si nos tienen a todos fichados, nos podrían haber informado ellos directamente de los cambios o al menos remitido al BOE donde se publican los mismos.

      Por tanto, me quedó bastante claro que, a parte de poca educación en la OIL, tienes que buscarte la vida tú para todo. Por suerte, como dice Traductor hay mucho tiempo y lo lógico es que todas las personas a las que les afecta este cambio se enteren a tiempo.

      Un saludo,
      Pilar

  16. Candy dice:

    Alguien tiene ya el carné nuevo? Tardan mucho en mandarlo?
    Gracias

    • Alba Pérez Blanco dice:

      Solicité el nuevo carné a principios de diciembre y todavía no lo tengo, me dijeron que tardan un par de meses. La OIL envía tu nuevo carné a la delegación de gobierno correspondiente y de allí te avisan para que pases a recogerlo.

  17. Carolina Sánchez dice:

    Hola a todos:

    Quería saber a cuánto asciende la tasa por expedición del nuevo carné.

    Muchas gracias,
    Carolina

  18. lluna dice:

    Buenos días,
    Sobre el sello de traductor Jurado que debemos actualizar, sabéis si la tinta puede ser de color azul? El anterior lo tengo de color negro pero creo que quizás debería ser azul para que destacara y se viera como sello original. ¿Sabéis si hay algo escrito al respecto?
    Gracias,

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Lluna:

      Gracias por tu comentario y pregunta sobre el color del sello de traductor jurado. No se indica nada sobre la tinta en la normativa, ni debería haber problema en que uses un color u otro. Sin embargo, la inmensa mayoría de los organismos utiliza el color azul. La razón es sencilla: si utilizas negro, por ejemplo, algunas autoridades puede decir que no saben si es fotocopia o el original. Yo también usé negro al principio y, hasta que me sucedió, no cambié. Lo mismo con el color del bolígrafo para firmar. Por tanto, te recomiendo que tu sello de traductora jurada sea azul. También he visto sellos de traductor jurado color rojo y uno verde, pero la inmensa mayoría prefiere el azul.

      Espero haberte aclarado la duda 🙂

      Traductor Jurado

  19. Victoria Hernández dice:

    Hola:

    Tengo una duda. No sé ahoraa a ma mlmlo leí en algún foro pero, ¿hay que incluir una copia del carnet a la traducción jurada?

    Gracias

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Victoria:

      No sé en qué foro habrás leído eso de incluir una copia del carné de traductora jurada en las traducciones juradas, pero es totalmente incorrecto. La normativa está clara. De hecho, hacer algo así hasta puede ser peligroso, ya que podrían copiar tu carné y cambiar los datos para hacerse pasar por traductores jurados. Nunca lo hagas. Otra cosa muy distinta es identificarte ante las autoridades o un cliente, pero el carné va y viene, no se entrega ni se deja un tiempo en ninguna parte.

      Un abrazo.

      Traductor Jurado

  20. Esther Galán Palacios dice:

    Hola,
    ¿Alguien sabe dónde hacen sellos y a ser posible bien de precio en Madrid? Me lo hice hace 14 años el que tengo y no me acuerdo donde acudí!
    Gracias de antemano

    • Jordi dice:

      … no sé si es un poco brusco … pero no saber averiguar el lugar (físico y virtual, que ambos existen) en el que hacen sellos de caucho … espero que no permita sacar conclusiones sobre la búsqueda de términos desconocidos en Internet …

  21. Ana dice:

    Hola a todos.
    Muchas gracias por publicar esta información; me ha sido de gran ayuda para aclarar ciertas dudas sobre el procedimiento para modificar el sello, el carné, la certifiación…
    Aún así, me gustaría contrastar una información que me dieron en la delegación del gobierno. Me comentaron que para cambiar el sello debo dirigirme allí, tras haber pagado las tasas del carné, etc., y presentar un escrito muy sencillo en el que exponga que voy a cambiar el sello. ¿Alguien lo ha hecho así? ¿Podrían darme más información al respecto?
    Muchas gracias de antemano y felicidades por el blog. Un saludo.

  22. Ben Steiner dice:

    Gracias por este artículo, es muy interesante.

    Un saludo,

    Ben

  23. Jorge dice:

    Hola buenos noches, tengo una pregunta con respecto à todos estos cambios, ¿sabeis si con los nuevos carnés nos mantienen el mismo número de traductor que nos dieron al Principio? Gracias de antemano

    Jorge

  24. María dice:

    Hola,
    Tengo una duda, tal vez un poco absurda, pero en mi caso, que soy traductora de inglés, ¿el sello seria así?
    Nombre y apellidos
    Traductora-Intérprete Jurada de inglés
    N.º xxxx
    Dudo si hay que poner Traductor/a-Intérprete Jurado/a o si directamente lo puedo poner en femenino. Sí, tal vez sea un poco absurdo pero es que voy a encargar el sello y me ha surgido la duda :), gracias.

  25. maria dice:

    Hola Alba,

    muchisimas gracias por esta entrada, es de mucha ayuda, yo tengo dos dudas al respecto:
    1. sabes si el formato del nuevo sello tiene que ser si o si en rectangular, o mientras este informacion no importa si se hace en redondo?
    2. por otro lado al encontrarme en el extranjero ahora mismo me es imposible hacer todo el ajetreo de renovar mi carnet y sello hasta que vuelva en verano, hasta entinces me recomendarias seguir con el sello antiguo o el nuevo aunque no este registrado? muchisimas gracias

    • Alba Pérez Blanco dice:

      ¡Hola! Parece ser que la Oficina de Interpretación de Lenguas ya rechazó varios sellos nuevos por ser redondos, así que te recomiendo que lo hagas rectangular. De momento, puedes seguir con tu sello viejo y cambiarlo a lo largo del año. Intenta cambiarlo antes de noviembre, ya que se acaba el plazo de dos años estipulado por la normativa. El hecho de que estés en el extranjero no supone ningún problema para renovar el sello, ya que puedes escanearlo y enviarlo por correo electrónico a OIL. No uses un sello nuevo sin habérselo enviado antes. Finalmente, puedes consultar más dudas en el siguiente artículo: https://www.traduccion-jurada-oficial.com/blog/los-traductores-jurados-preguntan-y-el-ministerio-responde-sobre-la-nueva-normativa/

  26. Fernando Alvarez dice:

    Hola a todos,

    me surge una duda sobre la copia que se adjunta a la traducción, a ver qué opinión tenéis. Supongo que se debería grapar y dejarla a continuación de la traducción jurada, ¿es así?

    Gracias y un saludo

  27. Pedro dice:

    Hola, tengo una duda respecto a la validez de nuestro sello de traductor jurado en un país como Colombia. ¿Puedo hacer traducciones juradas aquí y seguirían siendo válidas, o debo hacer algún trámite? He buscado información pero no encuentro nada concluyente.

  28. Stefanie dice:

    Hola tengo una duda…

    Requiero una traducción oficial, el traductor jurado me comenta que me enviará la traducción por pdf, el cual lleva sello y firma incrustada…. pero que no utiliza sello húmedo. Para que sea una traducción reconocida como jurada en España, ¿No debería de llevar sello húmedo?

    ¡gracias!

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Stefanie:

      Las traducciones juradas solamente son válidas en papel, ya que requieren el sello (húmedo) del traductor jurado, tal como lo requiere el Ministerio de Asuntos Exteriores. Algunos traductores jurados hacen una interpretación distinta de la normativa y dicen que con una copia escaneada basta, pero esto, según el mismo Ministerio, no es así. Mi consejo es que le pidas al compañero que te la mande en papel. Yo personalmente la envío en PDF y en papel. A ver si todavía has entendido que el compañero hará lo mismo y solamente te has quedado con lo de «PDF».

      Espero haberte ayudado.

      Un saludo,

      Rodrigo
      Traductor Jurado

  29. Laura López dice:

    Hola a todos:

    ¿Cuál es la tasa que se ha de pagar por la expedición del nuevo carné a fecha actual?

    Felicidades por el blog, realmente es de mucha ayuda.

    • Traductor Jurado dice:

      A fecha de hoy (29 de septiembre de 2016), la tasa por la nueva expedición del carné de traductor jurado es de 6,18€ mediante el formulario 790.

      Un saludo,

      Traductor Jurado

  30. Eli dice:

    Buenos días,

    ya tengo el nuevo carné pero aun no he cambiado el sello. Mi pregunta es si aun puedo sellar las traducciones con mi viejo sello y sin fechar las páginas.

    Gracias,
    un saludo

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Eli:

      El carné de traductora jurada y el sello son trámites independientes y no tienen que ver el uno con el otro. Puedes seguir usando tu sello viejo de traductor jurado pero lo de fechar el original es obligatorio en todas tus traducciones juradas, con el nuevo o con el viejo. Deberías haberlas fechado desde que salió el BOE.

      Espero haberte ayudado.

      Traductor Jurado

  31. sara dice:

    Hola!

    Primero felicitarte por el blog, es muy práctico y hacia falta algo así.

    Segundo, yo acabo de enterarme de esto y necesito convalidar mi titulo de traductora jurada por el carne por lo que veo. Lo recogí en julio de 2014. El plazo acabaría en Noviembre de 2019, cierto? Si son 5 años desde la entrada en vigor que veo que fue en noviembre de 2014. Gracias!

    Sara

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Sara:

      No entiendo muy bien tu consulta sobre el carné de traductor jurado. No existe convalidación de título por carné. Antes había un carné y ahora hay otro. Los carnés de antes dependían de las administraciones regionales y ahora el modelo de carné es uno solo para todo el Estado. Eso es lo único que ha variado. Al darte el título (el papel con el nombramiento) deberías haber ido a la Delegación de Gobierno a registrar tu sello y firma, y es allí en donde te dan el carné. Si no lo has hecho, has estado trabajando sin estar debidamente registrada como traductora, pero me parece bastante raro todo. ¿Segura que no te han dado el carné al ir a recoger el título?

      Traductor Jurado

  32. Cecilia Rodríguez dice:

    Hola, una pregunta. ¿El nombre y el idioma al que traducimos debe ir en letras mayúsculas? Y por otra parte en caso de no ser obligatorio, ¿se podría poner en mayúsculas al menos el nombre y apellidos?
    Muchas gracias.

  33. Merche dice:

    Buenos días:

    Tengo una duda sobre la certificación. Si la traducción es a un idioma extranjero, ¿la certificación debe estar en español o en el idioma al que se traduce?

    Un saludo.

    • Alba Pérez Blanco dice:

      ¡Hola!

      La certificación en español es obligatoria, pero también se puede añadir la certificación en el idioma extranjero.

      Saludos

  34. Natalia dice:

    ¡Hola!
    Muchísimas gracias por explicar tan bien todo este tema del cambio de carné y sello.
    Yo lo he ido dejando y hoy voy a encargar el sello para enviarlo por e-mail para su aprobación. Si lo encargo hoy, lo tendré y enviaré la semana que viene (noviembre 2016). ¿Estoy todavía dentro del plazo para la renovación del sello?
    Y otra pregunta: respecto al carné, lo renovaré el mes que viene. ¿Es posible hacerlo posteriormente al cambio del sello?

    Soy gran admiradora de vuestro trabajo. Gracias.

    • Alba Pérez Blanco dice:

      ¡Hola!

      Mientras no hagas traducciones juradas, da igual que renueves el sello fuera de plazo. Por otra parte, el cambio de sello y de carné se pueden hacer por separado sin ningún problema.

      Saludos.

  35. maría dice:

    He mandado mi nuevo sello por correoelectrónico como se indica por aquí para que quede constancia de que es el nuevo. Sin embargo la contestación que os reproduzco aquí me ha dejado un tanto perpleja.
    «El sello es correcto, si los datos lo son. Se trata de un trámite innecesario, porque no hay norma que disponga que la Oficina de Interpretación de Lenguas tenga que dar su aprobación al nuevo sello. Confiamos en la eficiencia de los Traductores/as – Intérpretes Jurados/as.»
    ¿Será que se puede cambiar de sello sin decírselo? Y si es así, ¿cómo saben si es el nuestro o no?

    Saludos.
    O.I.L.

  36. Carolina Rodríguez dice:

    Hola, muchísimas gracias por los artículos relacionados con el tema. Después de mucho leer ya solo me queda una duda, ¿sabéis si tengo que pagar dos veces la tasa para poder sustituir mi carné y además modificar mis datos que están obsoletos? Imagino que al ser una chica he de poner directamente en el sello Traductora-Intérprete Jurada, ¿no? es una tontería pero por si las moscas… Muchas gracias y espero estar aún a tiempo de hacer los trámites… no hago apenas traducciones pero es algo que no me gustaría perder… Un saludo y muchas gracias de nuevo.

    • Carolina Rodríguez dice:

      Ya he obtenido respuesta de la OIL , no hay que enviar copia escaneada del sello, dice que simplemente lo use sin más y hay que poner «sustitución» de carné e indicar la modificación de datos en un correo electrónico. Un saludo.

      • Rosa Gregori dice:

        Hola Carolina,

        yo también necesito modificar mis datos además de renovar el carnet. Lo que dices de indicar la modificación de datos en un correo electrónico ¿te refieres a que hay que enviar un correo a la OIL avisando de ese cambio de datos? ¿No es suficiente con enviar la documentación por correo al MAEC?

        Muchas gracias

  37. Meri dice:

    En primer lugar, gracias por la información. He estado viviendo en el extranjero y no he estado realizando traducciones juradas. En un mes vuelvo a España y me gustaría continuar pero me encuentro con que se ha terminado el plazo para cambiar el sello. Qué puedo hacer en este caso? Un saludo y gracias de antemano

    • Alba Pérez Blanco dice:

      Puedes renovar el sello cuando quieras, lo que no puedes hacer es sellar traducciones juradas mientras no lo hayas renovado. Te recomiendo que cambies de sello lo antes posible para poder ejercer como traductora jurada. Suerte con la vuelta a España. Saludos.

  38. Esther dice:

    Después de leer toda la información y los mensajes, me queda una duda: ¿hay que renovar también el carnet o con renovar el sello es suficiente para volver a traducir?
    Muchas gracias.

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Esther:

      Debes renovar ambos, pero tienen fechas límite diferentes. El sello ya deberías haberlo renovado hace bastante. El motivo de renovar el carné es que ahora sigue un modelo único del Ministerio. Antes, cada comunidad emitía uno y era un lío si un traductor jurado se desplazaba a otra comunidad, ya que los miraban raro.

      Traductor Jurado

  39. María dice:

    Hola!
    Enhorabuena por tu blog!
    Una vez pagada la tasa, si no se hace la presentación electrónica, se puede enviar directamente a la OIL?
    Muchas gracias!

    • Traductor Jurado dice:

      Hola María:

      Gracias por tus palabras. Nos complace poder ayudar a otros traductores jurados o futuras traductoras juradas como tú.

      Sí, una vez pagada la tasa del examen de traductor jurado puedes remitir la documentación por correo a la dirección de la OIL. Yo, por si acaso, lo mandaría tipo MRW o algo así donde quede constancia de la persona que lo reciba y después enviaría un e-mail a ver si te pueden confirmar la recepción.

      Un saludo.

      Traductor jurado.

  40. Almudena dice:

    Buenos días:
    Tengo que traducir un libro de familia para un niño que viaja a Sudáfrica con sus padres. ¿Alguien sabe si basta con traducir la página del niño y los padres o todo el documento?
    Gracias

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Almudena. Gracias por dejarnos aquí tu consulta sobre la traducción de un libro de familia para Sudáfrica. Ni yo ni nadie puede decirte lo que debes traducir de ese documento, salvo las autoridades que hayan pedido dicho documento. La experiencia me dice que al menos deberías traducir la página del matrimonio de los padres junto con la de los hijos. Algunas autoridades piden el libro completo, incluso las páginas que no están rellenadas. Pero jamás me han pedido solo la página con los datos del niño. Por tanto, si tu cliente no puede preguntar a las autoridades sudafricanas si la traducción jurada del libro de familia debe incorporar todas las páginas o les basta con algunas, te recomiendo que pidas al cliente que decida si lo traduce todo o quiere jugársela traduciendo solamente la parte con los datos del matrimonio de los padres y los datos de los hijos (incluyendo hermanos). Ese es mi consejo según mi experiencia como traductor jurado.

      Espero haberte ayudado.

      Traductor Jurado

  41. María M dice:

    Antes que nada quería felicitaros y dar las gracias por el blog, es de gran utilidad y de los más rigurosos y fiables que hay. ¡Enhorabuena!
    La consulta que tengo es acerca del orden con el que se ha de adjuntar la copia del original a nuestra traducción jurada. No se menciona nada al respecto en la orden, con lo que intuyo que lo dejan a nuestra libre elección. Yo las suelo entregar grapadas, con todas las páginas numeradas y con el original en primera posición. ¿Viene haciéndolo así la mayoría?
    Un saludo y muchas gracias de antemano

    • Traductor Jurado dice:

      Hola María:

      Efectivamente, la norma no dice nada sobre el orden. Yo personalmente entrego la traducción delante y detrás el original, todo grapado. No numero. No conozco a compañeros que pongan el original delante. Sin embargo, no debería ser un problema o estar mal. A mí personalmente no me gusta porque me parece que evita encontrar la traducción rápido. Los clientes suelen presentar original y traducción a la vez. Si la traducción jurada lleva el original delante, el original del cliente y la traducción se parecerán o no se verá claramente cuál es la traducción. Sin embargo, como te digo, no debería haber problema en el orden en que un traductor jurado decida presentar sus traducciones juradas.

      Un saludo y gracias por tus palabras.

      Traductor Jurado

  42. María Fernández dice:

    Muchas gracias por todas las indicaciones que son de gran ayuda. Tengo la duda de si en una traducción jurada de español a inglés, la certificación también debiera aparecer en español o solamente en inglés. ¿Hay alguna específica? Muchísimas gracias

    • Traductor Jurado dice:

      Gracias por tu consulta sobre la certificación de traductor jurado, María. La respuesta es que debes seguir la norma, que dice que debe estar en español. Si después quieres agregar la certificación traducida al inglés, no hay ningún problema, pero lo que no puede faltar es en español. Yo personalmente la traduzco y pongo ambas versiones siempre. Es lo que te recomiendo hacer.

      Un cordial saludo.

      Traductor Jurado

  43. Lorena dice:

    Mi duda es si se puede fechar la copia del original a mano. Muchas gracias por la respuesta.

    • Traductor Jurado dice:

      Según la nueva normativa, es obligatorio fechar la copia del documento original que va adjunta a la traducción jurada. Para ello, es recomendable usar un sello (fechador), pero también tienes la posibilidad de escribir la fecha a mano. Saludos.

  44. Anna dice:

    Buenos días:
    tengo una duda que no sé si me podríais resolver:
    ¿es necesario que la traducción jurada esté firmada y sellada en todas y cada una de las páginas? O tal vez sería suficiente firmar y sellar la primera y la última o solo la última.
    Gracias de antemano

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Anna:

      Gracias por tu consulta sobre si es necesario firmar y sellar todas las hojas o solo alguna de ellas. La norma hoy en día no establece que debamos sellar y firmar todas o solo una. Sin embargo, por seguridad, yo personalmente te recomiendo que firmes y selles todas. Ten en cuenta que la norma también dice que las copias de los originales (no puedes tocar los originales, solo las copias) deberán ir selladas y fechadas, pero no dice nada de firmadas. Por tanto, podrías simplemente sellar y fechar los originales. Mi consejo, nuevamente, es que selles, firmes y feches los originales (con un fechador de esos de papelería, que vas rotando los números). Si no firmas y sellas con tu sello de traductora jurada todas las páginas, un cliente podría decidir copiar tu traducción, cambiarla y presentar una hoja que no es. Espero haberte aclarado el tema.

      Traductor Jurado

  45. Cristina dice:

    Buenos días:
    Muchas gracias por mantenernos al día de todo. Vuelvo al trabajo tras unos años de maternidad y necesito ponerme al corriente. Si lo he entendido bien:
    1. Sellar, firmar y fechar todas las páginas del original.
    2. Sellar, firmar y fechar todas las páginas de la traducción.
    3. Añadir certificación (versión 2014) en la última página de la traducción.
    4. Si se desea, se puede añadir datos de contacto del traductor jurado.

    ¿Es así? Tengo la duda de si la certificación debe figurar en todas las páginas o solo en la última.

    ¡Gracias de nuevo!

    Cristina

    • Traductor Jurado dice:

      Hay que sellar, firmar y fechar todas las páginas de la copia del original que va grapada a la traducción jurada, pero no se especifica la obligación de fechar la traducción en todas sus páginas (ya figura la fecha en la certificación del final). No obstante, sí que tienes que firmar y sellar la traducción en todas las páginas. Saludos.

  46. Maria dice:

    Hola,
    Llevo muchos años en el extranjero y sin utilizar mi sello, la verdad. Tanto mi carné como el sello son de 2006. Tengo aún la posibilidad de renovar ambos para poder traducir documentos jurados? No querría perder mi título! Qué pasos debo seguir? Entiendo que en mi situación actual no debo traducir ni sellar nada, no? Necesito tener ambos renovados para ejercer o con el sello es suficiente? (lo digo por si el carné tarda mucho, para poder renovar el sello por mi cuenta). Mil gracias!

    • Traductor Jurado dice:

      Hola María:

      Gracias por tu consulta sobre la renovación del sello de traductor jurado. Se puede renovar sin problema, ahora o en el futuro. Una vez tienes el nombramiento como traductora jurada, no te lo van a quitar ni lo perderás. Lo único es que deberías renovar el sello y el carné para poder trabajar con normalidad. El sello lo puedes hacer rápido y sin problema, pero tienes que seguir las indicaciones para el sello nuevo (rectangular, solo con tu nombre, nombramiento e idioma y el número de traductora jurada). Lo del carné de traductora jurada tarda más porque lo tienen que mandar a hacer. Mientras no te lo den, si te dijesen algo con el viejo, podrías pedir una certificación de que tu nombramiento es válido (ante la misma Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, de quien dependemos los traductores jurados de todas las combinaciones de o hacia el español en España).

      Espero haberte ayudado.

      Traductor Jurado

  47. Carmen dice:

    Hola:

    Muchas gracias por toda la información, me ha resultado de mucha ayuda.
    Tengo una duda respecto a la copia del original. Aparte de firmarla, sellarla y fecharla, ¿ponéis en algún sitio que es la copia del original? Me refiero a si lo selláis con el sello del traductor o utilizáis otro sello para indicar que es la copia.
    Muchas gracias,

    Carmen

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Carmen:

      Gracias por tu consulta sobre sellar o firmar la copia de la traducción jurada. Creo que has entendido mal los artículos que tenemos en el blog. La normativa dice que el traductor jurado debe «sellar y fechar» los originales, no firmar. Personalmente, yo elijo también firmar cada uno de mis sellos, además de sellar y fechar, por una cuestión de seguridad. En general, es evidente que el documento es una copia porque es en blanco y negro o porque le estás poniendo tu sello, firma y fecha encima. Los traductores jurados no debemos manipular los originales. Por ejemplo, si sellamos un título académico original, además de estar incumpliendo la norma (que dice que claramente debemos sellar una fotocopia), el original quedaría para siempre unido a nuestra traducción jurada. Espero haberte ayudado con esta duda.

      Un saludo.

      Traductor Jurado

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