Firma digital en traducciones juradas, ¿es legal para el traductor jurado?

También te podría gustar...

13 Respuestas

  1. Pilar Guzmán dice:

    Gracias por el articulo tan interesante.
    Muchas veces he pensado en este tema y lo útil que nos sería, como comentas, ahorraríamos mucho en gastos de envío y en desplazamientos, lo que se traduciría en un ahorro para el cliente. Espero que muy pronto la traducción jurada electrónica sea un hecho. ¡Yo la espero impaciente!

    Saludos

  2. Hola Pilar y Cristina. Yo también espero que sea pronto un hecho y no un mero sueño. Como traductor jurado hago diariamente muchos envíos y pierdo mucho tiempo imprimiendo, sellando y con el servicio de envíos. Ahora la administración está trabajando en un reglamento que mandó Europa por el cual podrían afectar nuestra labor sobremanera. En lugar de ello, deberían trabajar en algo tan útil como la traducción jurada electrónica.
    Te pongo información al respecto:
    http://traduccion-jurada-oficial.blogspot.com.es/2014/03/por-que-no-sacan-nuevas-plazas-ni-se.html

  3. Silvia dice:

    Hola Rodrigo,
    Gracias por tu artículo que encuentro tremendamente interesante. Necesito convencer a un cliente de que las traducciones juradas deberán ser presentadas en formato físico. Sabes si existe alguna orden o ley que así lo indique para basar mis argumentos? Un millón de gracias

    • Traductor Jurado dice:

      Hola, Silvia. Realmente, no existe nada que indique que las traducciones juradas deben ser EXCLUSIVAMENTE en formato físico. Si bien la orden explica claramente cómo debe expedirse, en ningún caso dice que la debas entregar en papel. Por tanto, si al cliente se lo aceptan en formato PDF o cualquier otro formato digital, no tendría que tener problemas. Tampoco entiendo por qué la reticencia de entregar la traducción en formato digital (no hablo de firma digital, sino simplemente escaneada) a los clientes. Hay algunos compañeros que dicen «es que el cliente la podría escanear para editarla y podría hacer algo malo». Sí, pero también podrías dársela en papel, que la escanee y la edite. Es lo mismo. Si el cliente la pide en PDF, se le puede cobrar o no, se puede ofrecer este servicio o no, pero no veo impedimento para ello. Otra cosa es la firma digital, que tiene más discusión, pero también podrías usarla, aunque no la reconozca la OIL explícitamente. Lamento no poder ayudarte, pero es que no hay argumentos que expliquen que únicamente se debe imprimir.

      Traductor jurado

  4. María D. dice:

    Hola, Rodrigo.
    Gracias por el artículo, que recoge mucha información muy valiosa para los tiempos que corren. Espero que esta situación sirva para que la presentación de documentos en formato digital se implante en las administraciones públicas. Para ponerme al día en este asunto, estoy intentando hacerme con el certificado digital de la FNMT y he seguido todos los pasos indicados. El problema surge en el paso «ACREDITAR SU IDENTIDAD», porque debo personarme en una oficina de la administración (en mi caso, de la Seguridad Social de mi localidad), pero ahora están todas cerradas al público por las medidas implantadas… ¿Conoces alguna alternativa de obtención del certificado digital sin necesidad de personarse? Gracias.

    • Traductor Jurado dice:

      Hola María:

      Un placer. Mi compañera Alba también colaboró en el artículo, como siempre. En cuanto a tu consulta, para acreditar la identidad es necesario ir sí o sí. Lo único que se me ocurre es que pruebes utilizando el DNI electrónico, si tuvieras. Voy a ver si esta tarde o mañana añado esta información al artículo, ya que no había caído en este hecho.

      Un saludo.

      Traductor Jurado

      • David C. dice:

        Efectivamente, con el DNI electrónico y la app oficial para smartphones se puede generar firma electrónica. Para obtener la firma digital del DNIe debes personarte en alguna de las comisarías emisoras de DNIe. Aunque estemos en Estado de Alarma, parece ser que dejan hacer este trámite si te es absolutamente necesario. Espero que te sea de ayuda. Un saludo.

    • Traductora dice:

      Tb disponible en el Cabildo de Tenerife, quizás las diputaciones provinciales estén operativas

      • Traductor Jurado dice:

        Sí, parece ser que los ayuntamientos y otras instituciones regionales también validan la identidad para este trámite ahora durante la pandemia. Lo más recomendable es llamar antes para preguntar si pueden validar la identidad para obtener la firma digital y escoger ese lugar al pedir el certificado digital en la página de la FNMT. Algunos conocidos han podido hacerlo en sus ayuntamientos, pero supongo que no todos ofrecerán este servicio.

  5. David dice:

    Muchas gracias por compartir el artículo. Se agradece mucho que se haya explicado de forma tan sincera para que los lectores podamos valorar qué dice la normativa y qué riesgos tomamos o no.

  6. Saul dice:

    ¡Muchas gracias por esta información tan valiosa! Me has resuelto muchas dudas pero aún me quedan algunas cuestiones:
    ¿Sólo se estampa la firma digital en una de las páginas de la traducción? Entiendo que previamente se debe estampar y firmar y sellar todo (incluido documentos en lengua de partida) y luego escanear. Por tanto, los documentos portarán nuestro sello, firma y fecha habitual con el añadido de un sello de firma digital en una página, ¿lo estoy entendiendo bien?
    Por otro lado, entiendo que el certificado y la firma son cosas diferentes pero, al pedir el certificado, obtengo certificado y mi firma o mi firma la tengo que elaborar yo en el ordenador? Muchas gracias por la aclaración.

    • Traductor Jurado dice:

      Me alegra haber ayudado con la información sobre la firma digital en traducciones juradas. Un placer. Con respecto a tus consultas, paso a responderte:
      1) La firma digital no se estampa en una sola página, sino que va incrustada en el documento. Otra cosa distinta es la imagen que aparezca en una de las hojas que pondrá «firmado digitalmente por…» y le puedes poner tu sello escaneado también. Es una pregunta bastante habitual pero da igual si esa imagen va en la primera página, en la última o si no va en ninguna. Lo que importa es que el documento esté marcado como firmado digitalmente (en Adobe Acrobat aparece arriba «documento firmado digitalmente» y, al hacer clic, se puede ver la información.
      2) Efectivamente, la OIL ha indicado que debemos seguir sellando y firmando los documentos para finalmente escanearlos y firmarlos digitalmente. No tiene mucho sentido si lo podemos hacer todo directamente en digital, pero así lo ha respondido a varios compañeros (al menos hasta hoy, 25/08/2020). Hay quienes se arriesgan y lo hacen todo en digital o imprimen en cada hoja una imagen de la firma y sello. No es lo que quiere la OIL pero cada uno puede arriesgarse como le parezca. Mi experiencia es que a los consulados y autoridades extranjeras no les gustan los sellos y firmas «todos iguales» y que prefieren un sello y firma únicos en cada página (distinto nivel de tinta, firma ligeramente distinta, etc.).
      3) La diferencia entre el certificado y la firma para aplicar la firma digital en traducciones juradas no pareces haberla entendido bien o quizás yo no me expliqué con suficiente claridad. Lo único que te darán es un certificado digital. Con él podrás firmar digitalmente los documentos. No te pueden dar ninguna firma, sino que la debes elaborar por tu cuenta como mejor te parezca. Si usas Adobe Acrobat, te dará el texto típico de «firmado digitalmente por…» al que puedes añadir la imagen que quieras o cambiar mínimamente algunos detalles. En Xólido, por ejemplo, puedes cambiar el idioma de la firma digital y modificar más cosas. Pero todo eso corre por tu cuenta (en el vídeo explico cómo se pueden modificar).
      Si podemos serte útiles en algo más, mi compañera y yo quedamos a tu disposición.
      Un saludo.

      Traductor Jurado

  1. 17/02/2011

    […] This post was mentioned on Twitter by CristinaAroutiounova, Traductor Jurado. Traductor Jurado said: Traducción jurada electrónica, ¿para cuándo? http://goo.gl/Rbea4 #traduccion #jurada […]

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.