Apostilla de La Haya y traducción jurada

  1. Introducción

Cuando es necesario utilizar un documento español en el extranjero -ya sea para trámites académicos, laborales, personales o empresariales-, resulta fundamental asegurarse de que tenga validez legal fuera de España. Para ello, existen dos procedimientos fundamentales: apostillar o legalizar el documento y, en su caso, realizar una traducción jurada.

En esta guía completa te explicamos de manera clara y detallada:

  • Qué es la Apostilla de La Haya y en qué casos se usa.
  • Qué documentos se deben apostillar.
  • Cómo funciona la apostilla en España y en otros países.
  • Qué ocurre con la traducción jurada de documentos apostillados.
  • Cómo legalizar documentos y traducciones juradas en casos especiales.
  • Errores frecuentes que debes evitar.
  • Preguntas comunes de nuestros clientes.

  1. ¿Qué es la Apostilla de La Haya?

Es un documento que sirve para evitar las legalizaciones consulares o diplomáticas. No todos los países del mundo son firmantes del Convenio de La Haya, por lo que en los casos en los que el país en cuestión no lo suscriba, no quedará otra opción que la legalización. En sí, la apostilla es un documento del gobierno, de uso internacional, que sirve para certificar que el funcionario o persona oficial que firma el documento original es una persona existente, autorizada y cualificada para firmar o sellar el documento en cuestión.

La Apostilla de La Haya es un procedimiento de certificación internacional que verifica la autenticidad de documentos públicos, para que sean válidos en cualquier otro país firmante del Convenio de La Haya de 1961. Sin embargo, entre los países miembros de la Unión Europea, la mayoría de los documentos públicos están exentos de apostilla gracias a la normativa comunitaria.

La apostilla certifica:

  • La firma de la persona que ha firmado el documento.
  • La capacidad en la que esa persona ha actuado.
  • En su caso, la identidad del sello o timbre que lleva el documento.

 ¿Qué simplifica?

Antes del Convenio de La Haya, era necesario realizar múltiples legalizaciones ante ministerios de relaciones exteriores y embajadas. Con la apostilla, un único sello basta.

 Ejemplo sencillo: Si tienes un título universitario emitido en España y quieres utilizarlo en Australia u otros países firmantes del Convenio de La Haya, bastará con apostillarlo en España para que tenga plena validez en esos países. Sin embargo, si el documento debe presentarse en otro país de la Unión Europea, no será necesario apostillarlo.

Tabla Comparativa Apostilla vs Legalización Tradicional

Concepto

Apostilla de La Haya

Legalización Tradicional

Aplica en

Países firmantes del Convenio de La Haya

Países no firmantes

Procedimiento

Sello único de autoridad nacional

Validaciones múltiples (MAEC + Consulado)

Tiempo aproximado

1-10 días

2-6 semanas

Coste

Bajo

Alto

Usabilidad

Directa

Más compleja

  1. Breve historia de la Apostilla

Hasta la década de 1960, los trámites internacionales de documentos eran largos, caros y complejos. Cada documento debía legalizarse sucesivamente por:
• La autoridad nacional que lo emitía.
• El Ministerio de Asuntos Exteriores.
• La embajada o consulado del país donde se iba a utilizar.
Este proceso se volvió insostenible debido a la globalización y el aumento de los intercambios internacionales. Por eso, en 1961, más de 100 países firmaron el Convenio de La Haya sobre supresión de exigencia de legalización para documentos públicos extranjeros, dando lugar a la apostilla como mecanismo único y suficiente.
Sin embargo, como ya dijimos, dentro de la Unión Europea, los documentos públicos no requieren apostilla debido a la normativa comunitaria.

Consulta lista oficial completa:
Países firmantes del Convenio de La Haya – HCCH

  1. ¿Qué documentos necesitan apostilla?

No todos los documentos deben ser apostillados. Solo aquellos documentos considerados públicos según la ley del país de origen.
Principales documentos que suelen necesitar apostilla:

  • Documentos notariales: poderes, escrituras públicas, actas notariales.
  • Documentos judiciales: sentencias, autos, certificaciones de tribunales.
  • Documentos administrativos: certificados de nacimiento, matrimonio, defunción, antecedentes penales, certificados de empadronamiento.
  • Documentos académicos: diplomas universitarios, certificados de estudios, expedientes académicos.
  • Otros documentos públicos: certificados del Registro Civil, Registro Mercantil.
    Atención:
  • Documentos privados (como contratos, facturas o acuerdos privados) no se pueden apostillar directamente. Primero deben notarizarse (es decir, validados ante notario público) para que se los pueda considerar documentos públicos.
  • Traducciones juradas españolas no se apostillan directamente. Estas deben ser legalizadas ante el Ministerio de Asuntos Exteriores (MAEC). (Veremos más adelante cómo se gestionan).
  1. ¿Quién puede emitir una apostilla en España?

En España, las autoridades competentes para emitir apostillas varían según el tipo de documento:

Tipo de Documento

Autoridad Competente para Apostillar

Documentos notariales

Colegios Notariales o notarios habilitados

Documentos judiciales y del Registro Civil

Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma

Documentos administrativos

Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o directamente el Ministerio de Justicia en Madrid

 Dónde consultar:
Para obtener la lista actualizada de autoridades competentes en cada Comunidad Autónoma, consulta el sitio oficial del Ministerio de Justicia.

  1. El proceso paso a paso para apostillar un documento en España

a. Obtener el documento original

  • El documento debe ser original.
  • No se apostillan copias simples.
  • Si solo tienes una copia, deberás obtener una copia certificada por el órgano emisor o mediante acta notarial.

b. Verificar la firma

  • Asegúrate de que el documento incluya la firma de un funcionario o autoridad competente.
  • Si tienes dudas, consulta si es necesario legitimar el documento antes (por ejemplo, mediante notario).

c. Apostillar

  • Acude a la autoridad competente según el tipo de documento.
  • Presenta el original.
  • Paga la tasa correspondiente si aplica:
    • Apostillar documentos administrativos suele ser gratuito.
    • En notarías, puede costar entre 20 € y 30 €.

d. Recibir el documento apostillado

  • Se añade físicamente un sello o anotación al reverso o en una hoja adicional.

 Guía oficial paso a paso:
Consulta de Estado y Descarga de Apostilla Electrónica – Ministerio de Justicia

 

  1. Apostilla en papel vs Apostilla electrónica

Desde el año 2023-2024, España ha implementado la posibilidad de emitir apostillas electrónicas (e-Apostillas). Esto ha modernizado el proceso, pero no aplica para todos los casos.

Apostilla en Papel

  • Documento físico, con sello, firma y/o pegatina física.
  • Válido para cualquier país firmante del Convenio de La Haya.

Apostilla Electrónica

  • Documento en formato PDF firmado digitalmente.
  • Solo válida para trámites electrónicos entre países que acepten documentos electrónicos.

 

  1. ¿Cuándo hacer la traducción jurada de la apostilla?

Siempre después de apostillar.

Orden correcto del proceso:

  1. Obtener el documento original.
  2. Realizar la apostilla de La Haya sobre el documento original.
  3. Realizar la traducción jurada completa del documento apostillado.

¿Por qué?

La traducción jurada debe reflejar no solo el contenido original, sino también:

  • Los sellos.
  • Las firmas.
  • La fecha de emisión de la apostilla.
  • Los datos que certifican la validez del documento.

Si traduces antes de apostillar, la traducción quedará incompleta y podría ser rechazada por las autoridades extranjeras.

  1. Cómo apostillar o legalizar en otros países

Reino Unido

  • Apostillas gestionadas por el Foreign, Commonwealth & Development Office (FCDO).
  • Procedimiento sencillo online o postal.
  • Apostillan documentos públicos británicos y notarizados.
  • Tiempo estimado: 2–5 días laborales.
  • Costo: Aproximadamente 30 £.

Solicitar apostilla en Reino Unido:
Get your document legalised – GOV.UK

Estados Unidos

  • Cada estado federado tiene su propia Secretaría de Estado para emitir apostillas.
  • El procedimiento varía ligeramente según el estado.

Ejemplo Nueva York:

  • Autoridad: New York Department of State.
  • Costo: alrededor de $10 por documento.
  • Tiempo: 5–10 días hábiles.

Buscar autoridades estatales:
National Association of Secretaries of State (NASS) – Apostilles

Francia

Australia

  • Apostilla emitida por el Department of Foreign Affairs and Trade (DFAT).
  • Se puede solicitar por correo o presencialmente.
  • Tiempo estimado: 2–7 días hábiles.
  • Costo: Aproximadamente 85 AUD por documento.

Solicitar apostilla en Australia:
Legalising documents – Australian Government Smartraveller

  1. Legalización de Traducciones Juradas en España

Las traducciones juradas no se apostillan en España.
Si necesitas certificar una traducción jurada para un país que no reconoce la apostilla directamente, debes solicitar:

  • Legalización ante la Oficina de Interpretación de Lenguas (MAEC).

Datos de contacto MAEC:

  • Dirección: Plaza del Marqués de Salamanca, 8, 28006 Madrid.
  • Teléfono: 📞 910 837 037
  • Correo electrónico: ✉️ traducciones.juradas@maec.es

Costo aproximado de legalización: 9,64 € por documento.

Listado de traductores jurados oficiales:
Buscador de traductores jurados – Ministerio de Asuntos Exteriores

  1. Casos prácticos reales

Caso práctico 1: Estudiante español que viaja a Francia

(Francia es un país de la Unión Europea, por lo que no se requiere apostilla).

  • Documento: Título universitario.
  • Procedimiento:
    1. Realizar la traducción jurada del título al francés.
  • Resultado: Inscripción aceptada en universidad francesa sin necesidad de apostilla ni más trámites.

Caso práctico 2: Empresa española que abre sucursal en Reino Unido

(El Reino Unido sigue aplicando la Apostilla de La Haya después del Brexit, pero no se aplica apostilla para documentos públicos dentro de la UE).

  • Documentos: Estatutos sociales, poderes notariales de representación.
  • Procedimiento:
    1. Apostillar los documentos notariales en el Colegio Notarial (ya que Reino Unido no es parte de la UE, la apostilla es necesaria).
    2. Apostillar los documentos judiciales en el Tribunal Superior de Justicia.
    3. Realizar traducción jurada al inglés de todos los documentos.
  • Resultado: Registro exitoso en Companies House, sin exigencia de legalización adicional.

Caso práctico 3: Ciudadano estadounidense que emigra a vivir a España con un visado de nómada digital

  • Documento: Certificado de antecedentes penales.
  • Procedimiento:
    1. Apostillar el certificado de antecedentes penales en Estados Unidos.
    2. Nosotros realizamos la traducción jurada al español al ser traductores jurados oficiales en España.
  • Resultado: Aprobación de visa de nómada digital en España.
  1. Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué es una apostilla?

La apostilla es un sello que certifica que un documento público español es auténtico y puede ser usado en otro país que haya firmado el Convenio de La Haya.

¿Se puede apostillar una traducción jurada?

No. En España, las traducciones juradas no se apostillan. Solo pueden legalizarse en el Ministerio de Asuntos Exteriores (MAEC) si el país de destino lo exige.

 ¿Cuándo debo apostillar?

Siempre antes de realizar la traducción jurada. Primero debes apostillar el documento original y luego hacer la traducción.

¿Qué documentos necesitan apostilla?

Los documentos públicos que necesitan apostilla son principalmente:

  • Certificados de nacimiento, matrimonio, defunción.
  • Títulos universitarios y certificados de notas.
  • Documentos judiciales o notariales.

 Importante: los documentos privados (como contratos o acuerdos privados) deben notarizarse antes de apostillarse.

 

¿Qué pasa si el país de destino no reconoce la apostilla?

Si el país de destino (no España) no reconoce la apostilla, deberás realizar el proceso tradicional de legalización diplomática. Esto incluye:

  • Ministerio de Asuntos Exteriores de España.
  • Consulado o embajada del país de destino.

Si el país de origen de los documentos NO es España y vas a traer esos documentos a España, entonces:

  • Ministerio de Asuntos Exteriores del país de origen.
  • Consulado o embajada de España.

¿Puedo usar una apostilla electrónica para traducir?

Sí. Puedes usar una apostilla digital o electrónica (e-Apostilla) para traducir el documento original. 

Errores comunes (y cómo evitarlos)

Error

Consecuencia

Solución

Apostillar fotocopia simple

Documento inválido

Apostillar el original o copia certificada

Traducir antes de apostillar

Traducción incompleta

Apostillar primero, luego traducir

Usar traductor no jurado

Documento rechazado

Contratar traductor jurado oficial

     
  1. Lista de países firmantes del Convenio de La Haya (actualizada 2025)

Los países firmantes son:
Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Baréin, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Botsuana, Brasil, Brunéi Darussalam, Bulgaria, Cabo Verde, Camboya, Canadá, Chile, China (solo Hong Kong y Macao), Chipre, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Dominica, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Fiyi, Filipinas, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, Hungría, India, Irlanda, Islandia, Islas Marshall, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Kazajistán, Kosovo, Kirguistán, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Malaui, Malta, Islas Marshall, Mauricio, México, Moldavia, Mónaco, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Namibia, Países Bajos, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Omán, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República Dominicana, Rumanía, Rusia, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Serbia, Seychelles, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Surinam, Tayikistán, Tonga, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay, Uzbekistán, Vanuatu, Venezuela, Vietnam.

Consulta lista oficial:
Países firmantes del Convenio de La Haya – HCCH

  1. Conclusión

La correcta apostilla o legalización de documentos, acompañada de una traducción jurada oficial, es un requisito indispensable para que tus documentos españoles surtan efecto legal en el extranjero. Un simple error de procedimiento puede hacer que pierdas tiempo, dinero o incluso oportunidades de estudios, trabajo o negocios.

En Traducción Jurada Oficial estamos aquí para ayudarte con la parte más fundamental: la traducción jurada oficial de tus documentos en inglés y francés.

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44 Respuestas

  1. Virginia Romera Ciria dice:

    Gracias por una información tan útil.

  2. Muchas gracias: la información es verdaderamente muy útil.

  3. Marta - Traductora dice:

    Muchas gracias por la información, me ha ayudado mucho, me quedo con la dirección de vuestro blog.
    Saludos

  4. laura Prieto dice:

    Buenos días,
    En el ayuntamiento de mi barrio de Bruselas (la Commune) me piden la apostilla de la traducción de mi certificado de nacimiento y de mi fe de vida.

    Tengo mi fe de vida en español+ su correspondiente apostilla y luego la traducción jurada de ambos documentos, pero ahora me dicen que necesitan la apostilla de todo eso. Yo no he visto eso en mi vida y en el Tribunal Superior de Justicia dicen que eso no lo hacen. ¿alguna vez os han pedido eso?
    Gracias

    • Alba dice:

      En el caso de Bélgica, el procedimiento es diferente a Francia. Según el consulado belga en España, los pasos a seguir son:
      1. Una vez apostillados los documentos requeridos, hay que realizar la traducción jurada.
      2. Llevar la traducción jurada al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para legalizar la firma del traductor jurado.
      3. Llevar la traducción jurada al consulado.
      No obstante, dado que ya estás en Bélgica, te recomiendo que vayas al Consulado General de España en Bruselas.

  5. Willian Balmore rivas valle dice:

    ES IMPORTANTE ACLARAR CUALES SERIAN LOS EFECTOS JURIDICOS DE LA APOSTILLA ELECTRONICA SI EL CONVENIO NO LO ESTABLECE, PERO COLOMBIA LA ESTA EXPIDIENDO.

  6. Andrea dice:

    Muy útil la información, muchas gracias.
    Tengo una duda: un cliente acaba de mandarme un certificado de nacimiento para hacer una traducción jurada y se incluye una apostilla. El problema es que en el reverso del documento aparece información relativa a esa apostilla (por qué se expide, qué garantiza, por qué se incluye trilingüe en la actualidad, etc.). Mi pregunta es: ¿Hay que traducir también estos párrafos o debo indicar simplemente que aparece información referente a la apostilla? Yo entiendo que hay que incluir absolutamente TODO en la traducción jurada, incluido esto. Muchas gracias!

    • Marta dice:

      Hola,

      acabo de leer tu duda y es precisamente la misma que tengo yo. ¿Te respondieron a esta pregunta?
      Yo creo que dejaría la Apostilla tal y cómo está porque ya viene la traducción al francés al lado pero prefiero estar segura.

      ¡Muchas gracias!
      Un saludo
      Marta

      • Marta dice:

        Hola otra vez,
        podéis ignorar mi pregunta porque he visto que más abajo está respondida y con varios comenarios incluso.

        ¡Muchas gracias, traduciré el contenido entonces!

  7. Ana dice:

    Necesito una traducción jurada de un certificado, que está escrito en inglés. EL problema es que la Apostilla está escrita en inglés y francés, por lo que me gustaría saber si necesito una traducción jurada en inglés y francés de la Apostilla, ó sólo con la traducción de inglés a español vale. Gracias!

  8. Cynthia dice:

    Se debe apostillar la traduccion de un documento ya apostillado?
    U.S.A.

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Cynthia:
      Gracias por tu pregunta. La traducción de un documento apostillado solo se debe apostillar si así lo requieren las autoridades de destino. Normalmente, dentro de la UE no es necesario. Para otros países, depende. Muchos clientes que viajan a Estados Unidos la llevan apostillada para evitar problemas. El consejo es: si tienen tiempo y no lo tienen claro, mejor llevar original + traducción apostillados. Si no tienen tiempo, que consulten bien con las autoridades que piden la documentación. Lo que no tendría sentido nunca es apostillar una traducción de un documento oficial que no está apostillado (digo de un documento oficial porque hay documentos que no se podrían apostillar ni legalizar, pero su traducción sí). Espero haberte aclarado esto. Si tienes más dudas sobre la apostilla en las traducciones juradas, escribe.

  9. Berta dice:

    Acabo de descubrir esta página, y la verdad es que fantástico contar con una herramienta así. Gracias por crearla.

    • Rodrigo dice:

      Gracias Berta. El objetivo es ayudar a la comunidad de traductores jurados y que podamos trabajar mejor. Las traducciones juradas son complicadas algunas veces y no tenemos muchos medios «institucionales» que nos digan cómo debemos hacer las cosas.

  10. Santiago dice:

    Hola, vivo en Francia y necesito traducir mi acta de nacimiento + las de mis padres y que todo esté con la apostilla de la haya.
    Sin embargo en Argentina le dicen a mi madre que tiene que mandar todo antes de estar traducido para que pongan la apostilla. Para mi eso no tiene sentido, la apostilla no se agrega después de la traducción?

  11. Hola William: ¿Podrías concretar un poco tu pregunta?

    Andrea: en sí, la apostilla no debería ser necesario traducirla, pero como es siempre igual, yo te recomiendo que lo hagas, ya que más de una vez algún funcionario ha rechazado una traducción jurada precisamente porque el traductor jurado no había traducido la apostilla (aunque venga trilingüe, verás que el formulario está traducido pero el contenido no). Una vez hecha, ya te queda para copiar y pegar para el futuro (pero comprueba bien que no varía.

    Ana: con cualquier documento bilingüe puedes hacer UNA traducción jurada, no hacen falta dos. En algunos casos puede que te den un documento totalmente bilingüe pero uno de los dos idiomas tenga más texto que el otro. En ese caso, siempre que sea posible, es recomendable traducir desde el más completo, ya que un traductor jurado debe ser exhaustivo.

  12. Rodrigo dice:

    Necesario no, pero recomendable sí. Alguna vez han rechazado una jurada por no llevarla traducida, aunque esto no es legal, ya que el convenio de La Haya estipula que no es necesario traducirla por un traductor jurado, por lo que el funcionario que la rechace está prevaricando. Nosotros, como traductores jurados, para evitar estos problemas preferimos traducirla y asunto arreglado, ya que lo importante es resolverle el problema al cliente, no tener razón.

  13. Mar dice:

    Muchas gracias, muy interesante el artículo.

    A mí me surge la duda con el texto cumplimentado. La apostilla queda claro que no es necesario traducirla (aunque sí recomendable), pero ¿qué ocurre con el texto que se cumplimenta: cargo de la persona que lo firma, notaría u oficina, ciudad, etc.?

    ¿Hay que traducirlo? Entiendo que sí, porque de lo contrario el destinatario no lo entendería.

    Por lo tanto ¿tendría que jurar traducción dos traductores de idiomas diferentes si la cumplimentación está en otro idioma que el resto del documento?

    A ver si me podéis ayudar con esto.

    ¡Gracias!

    • Rodrigo dice:

      Hola Mar:

      Gracias por tu mensaje con tu duda sobre la traducción de la Apostilla de La Haya. A tu duda creo haber respondido en comentarios anteriores. La Apostilla en sí viene trilingüe, pero el contenido no. Por ello, algunos funcionarios prevaricadores pueden exigir que vaya traducida, por lo que yo recomiendo que los traductores jurados que tengamos una Apostilla delante la traduzcamos. El formato será siempre el mismo y solo cambiará el contenido, por lo que el esfuerzo es mínimo y nos quitamos un problema de encima. Lo de los idiomas diferentes simplemente pones «[texto en inglés]» o «[texto en francés]» y con eso ya está. Si no te queda claro, especifícame y te responderé 🙂

  14. Mar dice:

    Rodrigo, muchas gracias por responder tan rápido.

    Entiendo lo que comentas (muy bien explicado) y así lo hago yo.

    La cuestión es cuando, por ejemplo, todo el documento está en inglés y la apostilla también, pero dicha apostilla la ha cumplimentado un ministerio italiano (por poner un ejemplo) y por tanto el texto cumplimentado está en italiano.

    Digamos que los datos importantes, lo que está cumplimentado, están redactados en italiano. ¿Debe traducir ese texto un jurado de italiano? ¿Qué hacéis vosotros en este caso? Siempre hay alguna solución, pero me gustaría saber qué es lo correcto/legal, aunque me temo que ninguna ley que lo indique…

    No sé si me explico. 🙂

    ¡Gracias!

  15. ANALIA GRISELDA SEGOVIA dice:

    Buenas Tardes: Es necesario realizar traducción de acta de matrimonio realizada en Brasil para realizar sucesorios en Argentina?
    Gracias

    • Traductor dice:

      Hola Analía:

      Para poder indicarte esto debes consultar a la institución que te ha pedido la documentación. Nosotros los traductores jurados solamente podemos informarte de acuerdo a nuestro conocimiento. En tu mensaje no indicas mucho, pero si el documento está en portugués, lo más probable es que para presentarlo en Argentina necesites la traducción del portugués al castellano hecha por un Traductor Público Nacional de Argentina (es el equivalente al Traductor Jurado español). Recuerda también que el original deberá ir debidamente legalizado o apostillado para surtir efectos legales en el país de destino.

      Espero haberte ayudado.

      Traductor jurado.

  16. lia dice:

    Hola, Necesito mandar a España un certificado de nacimiento de EEUU. Ya está traducido por un traductor jurado y apostillado. La apostilla es trilingüe (inglés, francés y español). Os agradecería que me indicárais lo que dice la normativa sobre la aceptación de estas apostillas trilingües. Viene todo indicado en los tres idiomas excepto los nombres propios, que vienen en el idioma original (inglés). Por ejemplo, United States of America. Supongo que este tipo de apostillas trilingües son válidas sin más. Otra cosa que dice en inglés es la fecha (8th day of January 2015). Me fastidiaría tener que pagar por traducir esos detalles si no es necesario. Muchas gracias por vuestra ayuda.

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Lia:

      Lo de la apostilla es un poco controvertido. La normativa de traducción jurada no dice nada, por lo que no depende de nosotros, sino del funcionario que te toque. El Convenio de La Haya es un modelo único y debería ser aceptado sin necesidad de traducción. Sí debes traducir el certificado de nacimiento. Sin embargo, hemos tenido casos de funcionarios que se niegan a aceptar el documento si la apostilla no está traducida. En tu caso, de nada sirve que esté traducida a tres idiomas porque lo más importante (el contenido) no está traducido. Por tanto, el funcionario no puede saber el cargo del que firma, el país o la fecha, ya que se han dejado en idioma original. Con las apostillas españolas pasa lo mismo y cada tanto algún funcionario prevaricador mete la pata con esto. Pero ante eso tienes dos opciones: o te enfrentas a él y tardas mil años en superar el escollo, o pasas por el aro y le das la apostilla traducida. La diferencia de precio entre incluir o no la apostilla es ínfima, pueden ser a lo sumo 50 palabras. Yo personalmente no las cobro a mis clientes porque el modelo es siempre el mismo, por lo que si quieres un presupuesto, no dudes en enviar los documentos a ingles@traduccion-jurada-oficial.com a mi atención (Rodrigo). Yo siempre recomiendo incorporar la traducción de la apostilla para evitar todo problema con el funcionario que toque.

      Espero haberte ayudado.

  17. Luna dice:

    Estimados traductores:

    Un cliente me acaba de solicitar dos traducciones juaradas ES > EN. Un título y un certificado de notas. Ambos con su Apostilla: uno únicamente en castellano, el otro trilingüe (salvo los datos cumplimentados).

    1. ¿Debo reproducir el formato de las apostillas? En el caso de la trilingüe, según he leído en otros comentarios, bastaría con especificar [texto en francés], etc.

    2. Considero la Apostilla parte del documento, por tanto, al iniciar la traducción indico el número de hojas incluyéndola ¿verdad?

    Muchas gracias de antemano,

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Luna / Alex (perdón, no me queda claro con los datos que aportas):

      Gracias por tu consulta. La Apostilla de La Haya en traducciones juradas sigue dando problemas 🙂 Te respondo:

      1) El formato puedes reproducirlo o no, queda en ti hacerlo. Yo personalmente lo reproduzco, ya que no es algo muy complejo. En cuanto a lo segundo, sí que puedes poner «[texto en francés]» y a volar (a menos que seas también jurado de francés).
      2) No entiendo lo que dices de indicar el número de hojas, ya que ese dato no es un requisito para hacer traducciones juradas. En ninguna parte especifica que debamos decir cuántas páginas tiene el original. Ten presente que tampoco se exige poner ningún texto al empezar ni al final. Lo único que se exige es poner la certificación TAL CUAL y sin modificar según aparece en la normativa. Si quieres indicar el número de hojas, porque te gusta, no hay algo que te lo lo impida, pero tampoco nada que así lo regule. La apostilla forma parte del documento, pero algunos funcionarios la aceptan sin traducir también, ya que el modelo del Convenio de La Haya es igual siempre. El problema es que el formulario está traducido pero el contenido no. Al tratarse de inglés o cualquier idioma europeo puede ser fácil intuir lo que dice ahí (al menos para nosotros), pero si viene en chino, ahí puede decir que lo legaliza un monje budista que nunca lo podremos saber, por lo que al final suele ser recomendable traducir la apostilla para evitar cualquier tipo de problemas.

      Como verás, en las juradas no hay unas normas escritas. Solo hay unas pocas, que son las que figuran en el BOE y en la orden. Cualquier otro tipo de instrucciones sobre cómo hacer juradas, como el que circulaba hace años emitido por la Universidad de Granada, no tiene ninguna validez. Puedes seguirlas, pero no es en ningún caso la Biblia de las juradas ni necesario para trabajar. De hecho, en algunas cosas resultan hasta contraproducentes. Hasta que el Ministerio nos dé un manual de trabajo claro, queda a tu libre decisión.

  18. Paula dice:

    Buenas tardes:
    Soy estudiante del último año del Traductorado Público en idioma inglés, me enviaron un trabajo práctico para resolver que incluye la traducción de una apostilla. Mi consulta es si existe alguna leyenda, previo a traducir dicha apostilla, que especifique que solo se traducen las partes pertinentes.
    Muchas gracias.

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Paula:

      Gracias por tu consulta sobre la traducción jurada de la Apostilla de La Haya. Nosotros para notas utilizamos los corchetes «[xxxx]» y simplemente indicamos algo como «[Original trilingüe en español, inglés y francés. Para los fines de esta traducción, se ha utilizado solamente el español como lengua de partida]». Cualquier comentario similar debería bastar. La traducción de la apostilla de La Haya no debería ser necesaria, pero hay mucho funcionario desinformado que la pide y es mejor a veces incluirla.

      Un saludo.

      Traductor Jurado

  19. karina dice:

    Buenas Tardes

    Me quiero ir a vivir con mi pareja a Holanda y me piden la apostilla de acta de nacimiento y acta de inexistencia de matrimonio, también la traducción de los documentos y que estén apostilladas, pero en México no me pueden apostillar estos documentos, me dicen que solo me pueden apostillar los documentos expedido por el gobierno estatal, que puedo hacer.

    Gracias

  20. María dice:

    Hola, quería haceros una consulta: yo soy española, mi hija nacio en Amberes ( Bruselas), para poder registrar su nacimiento en España me piden su certificado de nacimiento apostillado. En el registro civil de Amberes me expiden extracto del acta de nacimiento y el consulado me niega la apostilla, ¿dónde podría realizar la apostilla en Bélgica, ante que organismo debo solicitarla? Estoy desesperada porque aún no he podido iniciar el registro de mi hija en España por ese motivo. Agradecería que me contestaran si alguien pudiera orientarme. Muchas gracias.

    • Alba Pérez Blanco dice:

      La apostilla la pone el gobierno del país que expide el documento, así que en tu caso es Bélgica la que tiene que poner la apostilla y no España.

  21. moises dice:

    buenos dias , los antecedentes penales apostillado dirigido para un pais, este serviria para otro pais que este en el grupo haya

  22. Nevena dice:

    Buenos dias!
    Yo soy de Bosnia y Herzegovina y deberia presentar dos papeles ante el registro civil de Malaga.Ya he apostillado los originales y cuando el traductor jurado me traduzca los documentos y ponga su sello,con eso basta o tengo que apostillar las traducciones tambien?Me lo traduce el traductor jurado en Bosnia y por eso me interesa si de nuevo tengo que apostillar la traduccion tambien, que aqui se hace en el juicio?
    Muchas gracias!

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Nevena:

      Las traducciones juradas hechas por traductores jurados que no han sido nombrados como traductor jurado en España normalmente no se aceptan. Deberías hacer las traducciones juradas en España. Sin embargo, en algunos casos (como cuando no existen traductores jurados para un idioma en España), la Administración suele permitir la utilización de traducciones juradas hechas en el extranjero. En tu caso hablas de la presentación de una traducción jurada para un juicio en España. Si es así, dependerá del juez si la aceptan o no, y si la acepta con o sin apostilla. Lo normal es que legalices la traducción en el país de origen (Bosnia) y después la traigas a España.

      Espero haberte ayudado.

      Traductor Jurado

  23. María dice:

    Buenas tardes, compañer@s:

    Soy Traductora Jurada de francés y he recibido un encargo de traducción al español de unos documentos belgas que están redactados en francés, pero las apostillas están en neerlandés. Mi idea es indicar simplemente que las apostillas están en este idioma, ya que no estamos autorizados a traducir otra lengua diferente de la que figura en el nombramiento, pero no sé si le rechazarán a esta persona la traducción por no estar traducida íntegramente. Le pediré al cliente si puede preguntar en el organismo en el que tenga que presentar estos papeles si requieren la traducción de la apostilla, pero también me gustaría saber vuestra opinión y si alguna os habéis encontrado con un caso similar.

    Gracias y saludos,

    María

    • Alba Pérez Blanco dice:

      ¡Hola!

      La apostilla es internacional (tiene el mismo formato y numeración en todos los idiomas) y no es necesaria su traducción. Mucha gente la traduce por si acaso (por si algún funcionario no está bien informado y la exige), pero no debería ser un problema.

      Saludos.

  24. Virginia dice:

    Buenas tardes, hablan de la recomendación de apostillar las traducciones juradas, pero, es eso posible en realidad?en tal caso, qué organismo la apostillaría?
    Tengo una autorización judicial apostillada por el TSJ, y posteriormente traducida por un traductor jurado. Hasta donde me han explicado, las traducciones no se pueden apostillar, sino llevarlas al ministerio de asuntos exteriores para legalizar la firma de ese traductor. ¿Podrían ayudarme y decirme cual sería el proceso correcto? Dicha autorización tendría que entregarla ya en el control de inmigración, y me temo un problemón si no llevo todo bien hecho. Mil gracias

  25. Tancredi dice:

    Hola, mi esposa necesita su registro civil de nacimiento y su certificado de antecedentes penales traducidos en italiano en Colombia para pedir la nacionalidad italiana.
    Tres preguntas:
    1. tenemos que apostillar estos dos antes o despues de traducirlos?
    2. La apostille tiene que ser traducida en italiano?
    3. como se apostilla la traduccion oficial?

    Muchas gracias

    • Traductor Jurado dice:

      Hola Tancredi:

      Yo te puedo responder cómo se hace en España:
      1. Los documentos se deben apostillar ANTES de traducirlos, ya que lo que se apostilla es el original y esto debes hacerlo en el país de origen, por lo que no puedes apostillar un documento italiano en Colombia (quizás te lo acepten en la Embajada o Consulado de Italia, pero eso ya depende de cada país).
      2. La apostilla no debería traducirse ya que incorpora el modelo estándar del Convenio de La Haya. Sin embargo, hay funcionarios prevaricadores que así lo exigen y a veces es bastante lógico ya que pueden no entender si eso es o no es una apostilla (por ejemplo, en el caso de un documento en un alfabeto distinto, como el cirílico). Por tanto, una vez tengas la apostilla puesta en el original, mándala también al traductor jurado para ver si la puede incluir igualmente.
      3. La traducción jurada oficial en España NO es apostilla, sino que se legaliza. Se hace en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Supongo que en Colombia será similar con los traductores jurados colombianos.

      Un saludo.

      Traductor Jurado

  26. María dice:

    Buenos días:

    Hace un par de semanas hice una traducción jurada. Ahora el cliente me dice que le piden esa misma documentación apostillada y sellada, así que va a apostillar los documentos. Me ha preguntado si, para ahorrarse otra copia de traducción, puede mandar a apostillar los originales junto con la traducción que ya le envié. Supongo que esto no es posible porque, aparte de que tiene pinta de chanchullo, la apostilla sólo estará en francés y como en algunos sitios no lo aceptan si no está traducida, imagino que lo más seguro es añadir la traducción de la apostilla a la traducción ya hecha y sacar otra copia.

    Gracias de antemano,

  1. 28/03/2014

    […] ¿Es necesario traducir la Apostilla de La Haya? […]

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